Consumo de alcohol durante la jornada laboral
Uno o varios trabajadores de una empresa consumen bebidas alcohólicas durante la pausas por almuerzo y la comida, y la empresa quiere despedirlos. Aun mostrando síntomas de embriaguez, la extinción del contrato puede concurrir en un despido improcedente y no disciplinario. Esto es así, dado que la ingesta de alcohol durante la jornada laboral y la prestación de servicios, no siempre lleva aparejada la procedencia del despido.
En tal caso, si la empresa comunica a la plantilla la prohibición expresa de consumir alcohol durante la prestación de servicios, o de llegar con síntomas de embriaguez, podría ser sancionado por conducta intolerable. La empresa podrá justificar la repetitividad, por si se reincide en un futuro, y declarar un perjuicio generado evitando que se considere una conducta tolerable.
Prevención de riesgos
Dependiendo del caso, si determinadas profesiones, como por ejemplo: conductores, carretilleros, pilotos o vigilantes de seguridad; y en todos aquellos casos en el que se realicen tareas en las que el consumo de alcohol puede disminuir la capacidad de atención y de reacción, si existe un riesgo para la integridad física, o el mero hecho de que suponga un peligro para la vida del trabajador o de cualquiera, en este caso la conducta infractora se puede calificar como una vulneración de la buena fe contractual.
En cualquier otro caso
Por todo lo expuesto, si no concurren algunos de los casos anteriores, para aplicar la máxima pena y la extinción del contrato con un despido disciplinario, deben concurrir los siguientes requisitos:
- Repetitividad: Es decir, que no haya sido por un consumo de alcohol ocasional. No obstante, la empresa le podría sancionar y dejar constancia de todas las advertencias o sanciones previas derivadas del consumo. Motivo por el que justificaría el consumo para un posible despido si concurre en hábito.
- Consecuencias negativas: El consumo de alcohol debe repercutir de manera negativa en el trabajo, o producir un descenso significativo en el rendimiento de la producción. Por ejemplo, si un trabajador está de cara al público, puede crear una mala imagen y producir un daño a la empresa.
Convenio colectivo
Aunque no concurran la repetitividad o haya consecuencias negativa, si el convenio tiene previsto como falta el consumo de alcohol en el trabajo podría ser sancionado. Si un trabajador acumula varias sanciones por el mismo hecho, entonces podría ser despedido por reincidencia y ser declarado como disciplinario.